lunes, 16 de enero de 2012

Incesto

El incesto según el codigo penal:
Artículo 181. Cometen incesto, los parientes que copulan entre sí, siempre que se trate de ascendientes con descendientes, hermanos, medios hermanos, padre o madre adoptante con hija o hijo adoptivo, respectivamente, o los que estén ligados por vínculos de afinidad en primer grado.
El incesto entre ascendientes con descendientes se castigará con prisión de uno a cuatro años y los demás con prisión de seis meses a tres años.

Explicación psicoanalítica
Sigmund Freud abordó el estudio del tabú del incesto a través de la teoría psicoanalítica. Partía de la idea de que existía una "horda primitiva" promiscua en la que la rivalidad entre machos por el acceso sexual a las hembras provocó el recurso a la violencia y el homicidio dentro del propio grupo de parentesco. Parece ser que según Freud, el incesto es un impulso básico de la psique humana. El enfrentamiento entre individuos que pertenecían al mismo grupo sociofamiliar dio lugar a una aversión al incesto, no por el tipo de relación que constituye en sí, sino por la agresividad y las muertes ocasionadas dentro del propio grupo social.
Análisis posteriores concluyen que una gran parte de las culturas comparten un aborrecimiento psicológico desarrollado hacia la práctica de relaciones sexuales o la tenencia de relaciones de parentesco adicionales entre individuos de la misma familia vinculados por otra relación de parentesco previa en la que los roles y rangos de cada miembro estan fuertemente delimitados, al alterar las normas de conducta y dinámica de equipo cohesiva con nuevos lazos de afecto y consiguientes celos edípicos.

Explicación social

Otro de los aspectos destacados acerca del origen del tabú del incesto es el relacionado con la alteración de las relaciones sociales o de la armonía social entre familias.
Por una parte el incesto traería consigo el retrotraimiento del grupo y el repliegue social sobre sí mismo. Al reducirse las relaciones de parentesco al seno intrafamiliar como elemento de autoperpetuación se elimina la posibilidad de ampliar las redes sociales del grupo con otros grupos sociales. Ello puede ser especialmente negativo dado que el establecimiento de una relación de alianza o de afinidad entre dos grupos sociales es la que se hace posible entre otras vías por medio del matrimonio. Ello da lugar a una ampliación de las redes sociales en caso de necesidad económica, conflicto territorial o búsqueda de apoyo por diversos motivos.

No hay comentarios: